Es necesario volver a apelar la necesidad de unir claramente la figura del Criminólogo como operador necesario para las ciencias que componen la Enciclopedia de las Ciencia Penales, pues como se ha expuesto anteriormente la Criminología es una ciencia empírica e interdisciplinar, que utiliza claramente el método científico para aportar conocimientos sobre el comportamiento socialmente negativo y prevenir o controlar dicho comportamiento, pero por otro lado, no debemos olvidar la figura del Criminólogo – Criminalista como la figura, que utilizando las ciencias forenses y mediante datos científicos y técnicos, no solo se encarga de esclarecer los hechos ocurridos como consecuencia de la comisión del delito (antes riesgo) y de identificar a sus autores cuando la función preventiva de la Criminología no ha funcionado de forma adecuada, sino que también presenta una función preventiva al intentar impedir la comisión de delitos futuro.
Estas figuras son cada día más necesarias en el análisis y gestión de los riesgos de las organizaciones del Siglo XXI, quizá la confusión entre Criminología y Criminalística es muy común y podría dividir a estas dos figuras, y aunque espero haya sido aclarada en párrafos anteriores, no obstante, por si aún queda alguna duda al respecto, su concepto y diferencias podrían resumirse de la forma siguiente:
La Criminología es una ciencia enmarcada en las ciencias sociales y jurídicas que se centra en el fenómeno criminal para buscar explicación a la conducta desviada de los criminales y estudia todo lo que concierne al delincuente, las causas del comportamiento delictivo y su control social, ayudándose de la psicología, la psiquiatría, la sociología o la filosofía, y sirve a la política criminal para asesorar e influir en las decisiones que se adoptan por los poderes públicos en materia penal, tanto en la prevención del crimen como en la opción de las distintas medidas penales o no penales de reacción frente el mismo.
La Criminalística es una ciencia natural basada en el método científico que se centra en los procesos de investigación que facilitarán la identificación del criminal y que reunirán las pruebas procesalmente admisibles, para poder sostener la imputación del delincuente en el proceso penal, basándose en ciencias como la física, la química o la biología, entre otras. En palabras de Moreno González[1], “se ocupa fundamentalmente de determinar en qué forma se cometió un delito y quién lo cometió”.
Se observan, por tanto, que las diferencias entre ambas ciencias abarcan aspectos como su clasificación científica, el objeto de estudio, el aspecto legal, el proceso de investigación y el enfoque del análisis del hecho criminal y su metodología; si bien ambas ciencias convergen en una finalidad común, que es auxiliar a la Justicia. Sirva la cita del Dr. Moreno González, en la introducción de su libro La Criminalística y la Criminología, auxiliares de la Justicia como la clara unión indisoluble entre ambas disciplinas:
“Quienes hemos participado en la investigación de los delitos sabemos de la gran responsabilidad que ello implica, pues la experiencia nos ha enseñado que no hay casos fáciles de resolver y que sí existen, en cambio, algunos de muy difícil solución, mas no imposibles, poniendo a prueba la capacidad de observación, análisis y deducción del investigador.
Ciertamente, hay una gran diversidad de delitos y cada uno de ellos exige una muy particular forma de investigarlos, ya que plantean problemáticas diferentes, sin embargo, siempre ha de respetarse la metodología general de la investigación criminalística en el curso de toda indagación.
En cualquier acción delictiva se presentan, invariablemente, un autor y el resultado material de su conducta. Del estudio del primero, es decir, del protagonista del delito, se encargará la criminología, realizando el examen integral de su personalidad, requisito indispensable para la justicia penal. A su vez, del estudio de las huellas materiales del delito, es decir, de los indicios, se ocupará la criminalística; ambas disciplinas hermanas que provienen de un tronco común, la medicina forense, y más que auxiliares del derecho penal debe ser consideradas básicas e insustituibles, conforme bien lo puntualizó Jiménez de Asúa en el III Congreso de la Asociación Internacional de Derecho Penal, celebrada en Palermo en 1933 […]”
La pretensión de la historia de la Criminalística a lo largo de su corta vida, apenas de 200 años, procura hacer de ella y de las disciplinas forenses que la componen una vertebración científica por su metodología y por su planteamiento, y del Criminalista una persona obligada a usar técnicas fiables, universalmente aceptadas y conocidas, que puedan ser sometidas a contra-análisis, así pues, las Ciencias Forenses que componen la Criminalística deben ser necesariamente multidisciplinares y con una orientación clara, enfocadas a combatir el delito por todos los medios y técnicas reconocidos por la comunidad científica, por lo que vuelvo a reivindicar su integración necesaria dentro de la criminología, componiéndose así la criminología y la criminalística como parte de un todo, tal y como expresaba el Dr. Moreno González.
La Criminalística es un conjunto multidisciplinar de Ciencias Forenses que trabajan con el fin común de esclarecer hechos delictivos y prestar auxilio forense al Derecho y, por tanto, creo necesario su alojamiento dentro de la criminología, por lo que el criminalista especialista debería ser un criminólogo generalista y viceversa.
Estas ciencias, en la actualidad, deben trabajar conjuntamente ya que la constante evolución del delito y el rápido aprendizaje de los delincuentes, exigen a la conjunción criminología y criminalística avances constantes para poder buscar indicios y pruebas sólidos, que pueda determinar en qué forma se cometió un delito y quién lo cometió y que sean capaces de soportar un análisis científico y un Derecho Procesal más justo y preciso.
Las más de quince ciencias forenses que conforman la criminalística, entre las que cabe destacar la Inspección ocular o criminalística de campo, fotografía y video, dactiloscopia, documentoscopía, grafística y grafología, balística analítica, marcas de herramientas, marcas y huellas, arte forense o retrato hablado de la víctima, antropología, toxicología, informática forense, genética, odontología, veterinaria forense, medicina forense y patología forense, entre otras, deben de estar en manos de especialistas acreditados y con oficio, y su formación alojada dentro del ámbito de la criminología y el Derecho Penal, alejadas de una formación sesgada y carente de especialización, de titulación y de experiencia acreditada, como la que actualmente impartiéndose por parte de los departamentos de Medicina Legal.
En este extremo, cabe precisar que si bien la Medicina Legal es una de las ciencias forenses cuya aplicación está circunscrita al cadáver o a las lesiones de la víctima, como no puede ser de otra manera, y si bien históricamente ha sido, como reseña el Dr. Moreno González, una de las disciplinas que más han contribuido a la evolución de la criminalística, el actual desarrollo de las ciencias forenses hasta altos niveles de especialización científica ha hecho que la Medicina Legal sea tan solo una más de este conjunto de ciencias.
Por tanto, la formación que se imparte desde los departamentos de Medicina Legal es deficiente e incompleta, y resulta inadmisible la intromisión por parte de sus docentes en otros campos profesionales que no le son propios, cuando estos además están regulados y reservados a los respectivos profesionales que posean la necesaria titulación, especialización y experiencia, siendo criticable que la formación de los actuales criminólogos y criminalistas se limite a la Medicina Legal, pues su profesorado carece de la habilitación y oficio en las disciplinas que imparten en el resto de materias que excedan de su ámbito competencial, excluyendo a otros profesionales más capacitados, por razón de su especialización. Valga como ejemplo patente el campo de la Genética forense, que debería estar en mano de los biólogos moleculares y sin embargo, está copado por la Medicina Legal, aún sin integrar desarrollos y técnicas de otras áreas especializadas, hasta el punto de que, tras treinta años de investigación sobre el ADN en estos departamentos, aún quedan por resolver aspectos tan trascedentes como la temporalidad de los restos biológicos en la escena del crimen.
Es necesario vincular claramente la criminología y la criminalística como parte de un todo, donde los conocimientos de una frente a otra y viceversa son absolutamente necesarios para avanzar en el campo que hoy pretendemos mostrar. Por tanto y desde aquí, quiero reivindicar que los estudios de criminalística deben estar inmersos dentro de la criminología y no referenciados a otras disciplinas que vienen reivindicándolos, que si bien presentan el necesario carácter científico en cuyo marco debe insertarse la criminalística y las ciencias forenses, no deben apartarse de ningún modo del ámbito de la criminología y por tanto del Derecho Penal, del que deben formar parte.
La articulación actual de los estudios de criminología, su catálogo de asignaturas como grado, y su necesaria dependencia de las Facultades de Derecho y en concreto de los departamentos de Derecho Penal, descuida muy probablemente los conocimientos en criminalística, reduciéndolos a pocos créditos, motivo por el cual los estudios en criminología son —con cierta razón— criticados en este extremo por alumnos y externos que intuyeron en esta carrera su inmersión en la criminalística; pues bien, como criminólogo y criminalista, creo que, lejos de modificar las asignaturas del grado, deberíamos poner el esfuerzo en informar a todos de la necesidad del criminalista en estar formado en criminología y viceversa, como base sólida para ahondar a posteriori sobre la incipiente base en criminalística que obtiene durante sus estudios de grado.
En conclusión, sin duda alguna, el criminalista debe tener una base sustentada en la criminología y en los estudios del Derecho que asientan el grado, y deberán ser los estudios de postgrado los que permitan ampliar dichos conocimientos en materias concretas y específicas que, si bien necesitan de la adecuada base científica, no se pueden extrapolar del mundo forense.
Por último y para concluir, se debe dejar claro que el criminólogo y el criminalista son figuras que deben estar íntimamente relacionadas y cuyas formaciones deben ir de la mano y ser actuales, permitiéndoles así afrontar los retos que la criminología preventiva impone.
En las actuales circunstancias, la materialización del riesgo debe ser investigado por profesionales criminalistas multidisciplinares bien formados, y capaces de ofrecer el adecuado feedback a la criminología, aumentando así su potencial preventivo.
[1] PEOPLE PILL. Reseña Biográfica del Dr. MORENO GONZALEZ, L.R. Recuperado de https://peoplepill.com/people/luis-rafaelmorenogonzalez/ el 16 de febrero de 2020. Doctor Luis Rafael Moreno González: médico cirujano y experto en Criminalística, pionero en el campo de la criminalística mexicana. Ha sido, entre otros cargos, Director Adjunto del Instituto Nacional de Ciencias Penales, Director General de Servicios Periciales de la PGJ del Distrito Federal y de la PGR. También se ha desempeñado como profesor de Medicina Forense, Criminalística y Criminología en la facultad de Derecho de la UNAM y de Criminalística en el INACIPE. Además, es mimbro fundador y presidente honorario vitalicio de la Academia Mexicana de Criminalística y Miembro de Número de la Academia Mexicana de Ciencias Penales, la Academia Mexicana de Ciencias Forenses, la American Academy of Forensic Sciences, la Association of Firearm and Tool Mark Examiners, entre otras varias asociaciones. En 2003, el INACIPE le otorgó, en reconocimiento a su trayectoria profesional, el doctorado Honoris Causa.
© Dr. Sergio A. Fernández Moreno. Diciembre 2023. Todos los derechos reservados.