Lo que el sector cultural español debería exigir a la futura estrategia comunitaria
La inteligencia artificial ya no constituye una promesa remota ni una simple herramienta auxiliar. Forma parte de la edición, la traducción, el diseño, la música, el cine, el periodismo, la conservación del patrimonio y la difusión de los contenidos culturales. Su capacidad para facilitar investigaciones, ampliar la accesibilidad, recuperar archivos o reducir determinados trabajos mecánicos resulta indudable. También lo es su poder para alterar las condiciones en que se crea, se remunera y se reconoce una obra.
Europa se dispone ahora a tomar una decisión de considerable alcance. La Comisión Europea ha abierto hasta el 11 de septiembre de 2026 una consulta destinada a preparar una estrategia específica sobre inteligencia artificial para los sectores culturales y creativos. El documento, previsto para el primer trimestre de 2027, pretende favorecer la innovación sin sustituir la creatividad humana y proteger la diversidad cultural y lingüística europea. No estamos, por tanto, ante una discusión limitada a especialistas tecnológicos, sino ante la definición de las condiciones culturales del futuro. Comisión Europea: consulta sobre la futura estrategia
España no debería acudir a este debate como un espectador tardío. Posee una de las lenguas de mayor extensión internacional, un patrimonio histórico excepcional, industrias editoriales y audiovisuales relevantes y una creación contemporánea que se expresa también en catalán, gallego, euskera y otras modalidades lingüísticas. Tiene, por tanto, intereses propios que defender y responsabilidades que asumir.
El punto de partida debe ser claro: la cultura no es una acumulación de datos disponible para cualquier aprovechamiento industrial. Cada libro, traducción, fotografía, partitura, interpretación, ilustración o película es el resultado de una inteligencia humana, una trayectoria profesional y unas condiciones materiales de trabajo. Que una obra pueda ser digitalizada no significa que haya dejado de pertenecer a quien la creó ni que su utilización económica deba considerarse gratuita.
La primera exigencia debe ser el consentimiento. Cuando una empresa quiera utilizar obras protegidas para entrenar un sistema comercial de inteligencia artificial, la regla general debería ser la autorización previa, informada y verificable de sus titulares. No parece razonable trasladar al creador la obligación de descubrir qué empresa ha utilizado su obra, averiguar cómo expresar una reserva de derechos y perseguir después un posible incumplimiento. El silencio no puede convertirse en licencia.
La normativa europea vigente reconoce la posibilidad de que los titulares se reserven los derechos frente a la prospección de textos y datos. El propio Reglamento de Inteligencia Artificial obliga a los proveedores de modelos de uso general a disponer de una política destinada a respetar esa reserva. Sin embargo, este mecanismo continúa descansando en buena medida sobre la exclusión voluntaria. Para los usos comerciales de la creación protegida, Europa debería avanzar desde el derecho a excluirse hacia un verdadero derecho a autorizar. Reglamento europeo de Inteligencia Artificial, artículo 53
El consentimiento deberá alcanzar también a la reproducción artificial de la voz, el rostro, los gestos interpretativos y aquellos rasgos que permitan identificar inequívocamente a una persona. Etiquetar una imitación no basta para legitimarla. La transparencia informa de que algo ha ocurrido; el consentimiento decide si podía ocurrir. La segunda exigencia es la trazabilidad. El Reglamento europeo obliga a los proveedores de modelos de uso general a publicar un resumen suficientemente detallado de los contenidos empleados durante el entrenamiento. Supone un avance, pero un resumen de grandes conjuntos de datos puede resultar insuficiente para que un escritor, un fotógrafo o una editorial sepan si una obra concreta ha sido utilizada.
La futura estrategia debería establecer registros normalizados y accesibles que permitan conocer la procedencia de los materiales, las licencias aplicadas, las versiones del modelo que los incorporaron y los mecanismos disponibles para reclamar. La trazabilidad ha de recorrer toda la cadena: desde la entrada de una obra en el conjunto de entrenamiento hasta la identificación del contenido generado o manipulado. Desde el 2 de agosto de 2026, el artículo 50 del Reglamento exige determinadas marcas legibles por máquina y el etiquetado de contenidos sintéticos, pero el cumplimiento técnico no debería convertirse en una señal invisible para el ciudadano. La información ha de ser también clara, comprensible y perceptible. Directrices europeas sobre transparencia de los contenidos generados por IA
La tercera exigencia es la remuneración. Si las obras aportan calidad lingüística, conocimiento, estilos narrativos, imágenes, interpretaciones o estructuras musicales a un producto comercial, quienes las crearon deben participar en el valor obtenido. No se trata de cobrar por la existencia de la tecnología, sino por el aprovechamiento económico de un trabajo ajeno. Europa necesita sistemas de licencia eficaces, individuales o colectivos según cada sector, acompañados de una remuneración justa, proporcionada y revisable. Deben evitarse las cesiones generales impuestas mediante contratos opacos, las compensaciones simbólicas y las cláusulas que obliguen a renunciar anticipadamente a derechos todavía desconocidos. Cuando no sea posible negociar obra por obra, las entidades de gestión y las organizaciones profesionales pueden facilitar licencias colectivas, siempre que existan transparencia, control de los autores y criterios verificables de reparto.
El Parlamento Europeo ya ha defendido que el uso de materiales protegidos por los sistemas generativos debe ser transparente y justamente remunerado. La futura estrategia cultural tiene que convertir ese principio en mecanismos practicables, particularmente para los profesionales independientes y las pequeñas empresas, que carecen de capacidad para negociar frente a las grandes plataformas. Parlamento Europeo: protección del trabajo creativo ante la IA
La cuarta exigencia concierne a la diversidad lingüística. Un modelo entrenado principalmente con contenidos en inglés no es culturalmente neutral. Puede empobrecer los matices, uniformar las expresiones, reproducir traducciones defectuosas y relegar las lenguas con menos recursos digitales. La diversidad europea no debe aparecer en la estrategia como una declaración ceremonial, sino como una obligación susceptible de evaluación.España debería reclamar inversiones para crear corpus de calidad, lícitos y representativos en español, catalán, gallego y euskera; pruebas públicas sobre el rendimiento de los modelos en cada lengua; participación de universidades, academias, archivos, bibliotecas y editoriales; y financiación específica para las lenguas con menor presencia digital. Ahora bien, digitalizar patrimonio con dinero público no significa entregarlo sin condiciones a cualquier explotación privada. El acceso cultural y el aprovechamiento comercial son realidades distintas.
La quinta exigencia es la protección del trabajo humano. La inteligencia artificial puede asistir al traductor, al corrector, al documentalista, al diseñador o al periodista, pero no debería servir para devaluar su oficio, ocultar una sustitución laboral o presentar como creación autónoma lo que procede de miles de trabajos no reconocidos. Las empresas y las instituciones culturales tendrían que informar de los usos de la inteligencia artificial que afecten a la autoría, la contratación, la remuneración o la atribución profesional. Las ayudas públicas, los contratos de las administraciones y los programas culturales europeos deberían favorecer proyectos que acrediten intervención humana responsable, respeto a los derechos laborales y supervisión editorial efectiva. También será necesario financiar formación para que los profesionales puedan utilizar estas herramientas sin quedar sometidos a ellas. Proteger el trabajo humano no significa conservar intactos todos los procedimientos, sino impedir que la innovación se sostenga sobre la precarización de quienes aportan el conocimiento.
Estas garantías no constituyen una oposición a la inteligencia artificial. Al contrario, son las condiciones para que pueda integrarse en la cultura sin destruir la confianza que necesita. Una tecnología basada en materiales de origen incierto, conflictos permanentes y creadores desposeídos podrá ser rápida, pero no será sostenible. Europa no debe elegir entre innovación y derechos: debe demostrar que la innovación sometida a reglas justas es más sólida que la construida mediante hechos consumados. El sector cultural español —autores, editores, traductores, periodistas, ilustradores, músicos, intérpretes, cineastas, bibliotecas, archivos y entidades de gestión— debería presentar una posición conjunta durante la consulta comunitaria. La dispersión favorecería que las decisiones quedasen en manos de quienes poseen mayor capacidad tecnológica y económica. Hace falta una representación plural, pero articulada alrededor de unos mínimos compartidos: autorización, trazabilidad, remuneración, diversidad lingüística y centralidad de la creación humana.
HOJAS SUELTAS considera que la futura estrategia europea será insuficiente si se limita a fomentar herramientas, inversiones y competitividad. La política cultural comienza precisamente donde termina la fascinación tecnológica: en la pregunta sobre quién decide, quién responde, quién se beneficia y quién puede quedar relegado.
La inteligencia artificial puede ayudar a conservar, traducir, investigar y difundir la cultura europea. No puede reclamarla como materia prima sin memoria, sin autor y sin coste. El progreso que merece ese nombre no sustituye la inteligencia humana ni borra su procedencia. La reconoce, la protege y comparte con ella el valor que contribuye a crear.
Anxo do Rego
-Director-



